Publicada en el Boletín Oficial del Estado la aprobación definitiva de la modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Golf

Hoy jueves se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la aprobación definitiva de la modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Golf, autorizando su inscripción en el Registro Estatal de Entidades Deportivas, ratificada por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes en su sesión de 7 de noviembre de 2022, en ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 10.2.b) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre federaciones deportivas españolas, el presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Franco Pardo, dispone la publicación de los Estatutos de la Real Federación Española de Golf.
La Real Federación Española de Golf es una entidad asociativa privada sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del de sus asociados. Goza de plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y está integrada por federaciones deportivas de ámbito autonómico, clubes, asociaciones que cumplan los requisitos a los que se refiere el artículo 18 de los renovados Estatutos, deportistas, técnicos-entrenadores, jueces-árbitros y otros colectivos interesados que promueven, practican o contribuyen al desarrollo de la modalidad deportiva del Golf dentro del territorio español.
A la Real Federación Española de Golf le compete el desarrollo de la modalidad de golf y de la especialidad de pitch & putt. También organiza actividades de golf adaptado. Además de sus propias atribuciones, ejerce por delegación funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso, como agente colaborador de la Administración Pública.
El documento completo puede consultarse y descargarse aquí.