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‘¿Qué legislación debe cumplir un campo de golf en lo relativo a su agua de riego?’ (Interozono)

Debido a la cada vez mayor utilización de aguas regeneradas para el riego de campos de golf, desde Interozono queremos hacer una apreciación detallada sobre la legislación actual que le aplica, en este caso únicamente el Real Decreto 1620/2007. En su Anexo I.A se establecen los criterios de calidad requerida para la reutilización de las aguas según sus usos:
 

 
El ozono cumple todos los criterios de calidad requeridos por las autoridades sanitarias y además aporta una serie de beneficios extras muy interesantes para los campos de golf.

El artículo 6 (Medidas preventivas: principios generales) del R.D. 865/2003 indica «Las medidas se basarán en dos principios fundamentales: primero eliminación y reducción de zonas sucias, y segundo mediante el control de la temperatura del agua y la desinfección en continuo de la misma» mientras que en su artículo 13 (Métodos de tratamiento en las instalaciones) se especifica «Los sistemas físicos y físico-químicos no precisan de autorización especifica. Su uso se ajustará, en todo momento, a las especificaciones técnicas y régimen de dosificación establecidos por el fabricante. Se entiende por sistema físico-químico como el que destruye la carga bacteriológica del agua mediante la aplicación de procedimientos electroquímicos. Dentro de los métodos para la calidad del agua de consumo humano si se detalla los químicos aplicables que están dentro del R.D 140/2003».

En los Anexos 3, 4 y 5 del Real Decreto 865/2003, en el que se nombran «agua caliente sanitaria y agua fría de consumo humano, torres de refrigeración y condensadores evaporativos y bañeras y piscinas de hidromasaje de uso colectivo», se especifica únicamente en estos apartados la obligatoriedad de hacer uso de cloro o bromo como desinfectante del agua, en el resto de los contextos deja abierta la posibilidad de utilizar otros métodos como pueda ser el ozono denominada técnica de desinfección físico-química.

INTEROZONO SOLUCIONES TÉCNICAS S.L., empresa registrada en sanidad (R.O.E.S.B 301 – CAC – LEG) ofrece asesoría, gestión, analíticas, cumplimiento de los criterios de calidad y seguridad ambiental exigidos por sanidad. Certificamos y realizamos el Plan Anual Prevención de Legionella con personal técnico especializado, cumplimos todos los protocolos exigidos. Disponemos de técnicas y equipamientos necesarios para prevenir y certificar sus instalaciones, garantizando que el agua se encuentra en perfecto estado.