Recientemente, la Real Federación Española de Golf (RFEG), la PGA de España (Asociación de Profesionales de Golf de España), la Asociación Española de Campos de Golf (AECG) y la Asociación Española de Gerentes de Golf (AEGG) han emitido un comunicado conjunto recordando el marco legal vigente respecto a las titulaciones requeridas para la docencia del golf en nuestro país.
La enseñanza del golf en España se encuentra en el denominado Periodo Transitorio y en el que se está produciendo una adaptación regulatoria clave para la ordenación de las cualificaciones profesionales.

Mediante la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, se regula específicamente los aspectos curriculares, requisitos y efectos de las actividades de formación deportiva del Periodo Transitorio determinando la validez estatal para la enseñanza del golf y el pitch & putt. Las formaciones oficiales promovidas conjuntamente por el CSD y la RFEG son los grados de Técnico Deportivo en Golf y Pitch & Putt TD 1 y TD 2 (Grado Medio) así como Técnico Deportivo Superior en Golf TD 3 (Grado Superior).
Asimismo, las antiguas titulaciones puramente federativas emitidas en periodos anteriores han sido objeto de sucesivas resoluciones del CSD en el BOE para permitir su homologación o el acceso directo a los nuevos niveles mediante pruebas de conjunto, integrándolas así en el marco oficial del ministerio de Educación. De este modo, las titulaciones anteriores de carácter federativo son Monitor, Asistente de Maestro y Maestro.

La licenciatura / grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (CCAFYDE/INEF) con especialización en golf (según legislación de la Comunidad Autónoma correspondiente), será válida exclusivamente para la iniciación bajo la tutela de un profesor con titulación oficial válida.
Serán igualmente válidas las titulaciones profesionales extranjeras de máxima categoría que se encuentren bajo el marco de las Asociaciones de Profesionales de Golf (PGA) reconocidas, y homologables al estándar de contenido según la PGA de España y la RFEG.
Por último, y como aclaración, las certificaciones privadas o internacionales sin homologación del Consejo Superior de Deportes, así como el estatus de jugador profesional, no habilitan ni legalmente ni estatutariamente para la enseñanza del golf en instalaciones federadas en España.










